En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación formulada en fecha 08/05/2007 por el abogado CARLOS ROBERTO GONZALEZ en su carácter de co-apoderado judicial del demandante JOSÉ LUIS MONTAÑEZ, contra las decisiones dictadas por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fechas 30/04/2.007(folios 22 y 23) y 04/05/2.007 (folio 26 y 27).
SEGUNDO: SE CONFIRMA: A) el auto dictado en fecha 30-04-2007, que negó la solicitud formulada el día 27 de abril de 2007, por la representación judicial del demandante JOSÉ LUIS MONTAÑEZ, de que se decrete m.....