Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con Lugar, la apelación ejercida en fecha 21/07/2008, por el ciudadano JOSÉ JOEL JIMÉNEZ, parte co-solicitante, contra el auto dictado en fecha 16/07/2008, por el Juzgado de la causa.
SEGUNDO: SE ORDENA la retención a favor de la niña (identificación omitida) (7 años de edad), de la cantidad de quince mil bolívares fuertes (Bs.F. 15.000,oo) que le corresponde al ciudadano JOSÉ JOEL JIMÉNEZ por concepto de prestaciones sociales por su desempeño como obrero en la empresa Kayson Company Venezuela, S.A.; retención que comprende la suma de tres mil seiscientos bolívares fuertes (Bs. 3.600,oo) por concep.....