Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 17-05-2007 (folio 228 al 230, primera pieza) por el abogado Salvador V. Rojas Ferrer, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano José Abel Parada Carmona, parte demandante en el presente juicio, contra la sentencia dictada por el Tribunal de la causa en fecha 11/05/2007.
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por DAÑOS Y PERJUICIOS, LUCRO CESANTE y DAÑO MORAL PROVENIENTES DE ACCIDENTE DE TRÀNSITO, incoara el Abogado SALVADOR ROJAS FERRER en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ ABEL PARADA CARMONA, contra el ciudadano A.....