Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación parcial ejercida en fecha 12/07/2.012 por la abogada Aura Mercedes Pieruzzini en su carácter de apoderada actora contra el auto dictado en fecha 09/07/2.012, por el Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, solo en cuanto a la anulación de la citación de los demandados.
SEGUNDO: SE REVOCA parcialmente el auto dictado en fecha 09/07/2.012 por el Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que ordenó la reposición de la causa al estado de que sea admitida nuevamente la demanda por el procedimiento breve, solo en cuanto a la citación .....