Por los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: NULO el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en fecha 21/09/2009, que oyó en un solo efecto la apelación ejercida por la abogada Yajaira Gutiérrez, en su carácter de coapoderada de los demandados ciudadanos IYAD ARRAR RAYAB y BAROUKI EL BAROUKI NABIL.
SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado de que el Juez a quo proceda a dictar sentencia definitiva en acatamiento a lo previsto en los artículos 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil.
No hay condenatoria en costas p.....