Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 05/12/2.006 por el abogado Ramón A. Corredor B., actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano José de la Asunción Castellano Bracamonte, contra del auto dictado en fecha 28/11/2.006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa..
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto dictado en fecha 28/11/2.006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa dond.....