Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 06 de mayo de 2010 por la abogada AURA MERCEDES PIERUZZINI, en su carácter de coapoderada actora, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 03 de mayo de 2010.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto dictado por el a quo en fecha 03 de mayo de 2010, en el que advirtió a las partes que ese Juzgado procedería a dictar sentencia vencido como se encuentre el plazo pendiente convenido por las partes.
Se condena en costas del recurso a la parte apela.....