Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 21/09/2007 por el abogado Néstor Apóstol Ruis, en su carácter de coapoderado de la parte querellante, contra el fallo dictado en fecha 18/09/2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: Queda así CONFIRMADO el fallo dictado por el a quo en fecha 18/09/2007 que: Negó la admisión de la acción de amparo constitucional propuesta por los ciudadanos Doménico Del Grosso Ciccone y Lucrecia De Giorgio de Del Grosso, a través de apoderados, contra el auto dictado por el Juzgado de los Municipios Turén y Santa Rosalía de este Circ.....