En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 02/03/2012, por la abogada Aura Mercedes Pieruzzini, en su carácter de apoderada de la parte demandada, contra el fallo dictado en fecha 29/02/2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión de fecha 29/02/2012, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa que declaró IMPROCEDENTE la denuncia de FRAUDE PROCESAL hecha por la demandada, ciudadana Naybely Esperanza Hernández La Cruz.....