Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación ejercida en fecha 26/09/2.012, por la abogada Aura Mercedes Pieruzzini, en su carácter de apoderada judicial de la parte accionada, contra la sentencia dictada en fecha 24/09/2.012, por el Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 24/09/2.012, por el Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, que declaró: "Parcialmente Con Lugar la acción que por Resolución de Contrato de Arrendamiento que intentó el abogado Luís Marchán Escalona, en su carácter de co-apoderado judicial de la ciudadana Carmela Lorenzo de Sici.....