Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 28 de febrero de 2012, por el Abogado Julio Cesar Castellano, en su condición de apoderado judicial de la parte accionada, contra la sentencia dictada en fecha 22 de febrero de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: SE REPONE LA PRESENTE CAUSA al estado de que el tribunal de la causa, proceda a evacuar la prueba de informe promovida por la parte actora en su escrito de pruebas de fecha 24 de noviembre de 2011, referida a que se requiera.....