En virtud de las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La ilegitimidad del apelante por carecer del mandato o poder para gestionar en la presente causa, en nombre y representación de la empresa CERVECERÍA RESTAURANT, DISCOTECA LA MANSIÓN, S.R.L.
SEGUNDO: Inadmisible la apelación ejercida en fecha 05/11/2012 por el Abogado José Samir Abouras Totúa, contra la sentencia dictada en fecha 30/10/2012, por el Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
TERCERO: Nulo el auto de fecha 09/11/2012, dictado por el Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, que admitió la apelación que intentó.....