EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal, contra el ciudadano HERMENEGILDO GONZALEZ MONTES, venezolano, mayor de edad, de 43 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.400.577, nacido en fecha 13-04-64, soltero, natural de Biscucuy y residenciado en la calle principal del Caserío Potrerito del Municipio Sucre del Estado Portuguesa, por la comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano.
2.- Admite los medios de pruebas ofrecidos por el Ministerio Público, vale decir, las declaraciones de los expertos en cuanto a las actuaciones y experticias por ellos practicadas, así como las declaraciones de los funciona.....