DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1. Califica como flagrante de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, la aprehensión de que fue objeto el ciudadano Wilmer Antonio Briceño Martínez, venezolano, mayor de edad, natural de Guanare Estado Portuguesa, nacido en fecha 04/10/80, de 26 años de edad, obrero, titular de la cédula de identidad N° V-16.371.288, residenciado en el barrio José Antonio Páez, sector 2, calle principal, casa s/n, Guanarito Estado Portuguesa, quien fue aprehendido el día 12/05/2007, a las 09:00 horas de la noche, por una comisión integrada por funcionarios adscritos a la Comandancia General de la Policía del Estado Portuguesa, destacados en la Comisaría.....