DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Acuerdaó la Aprehensión de los ciudadanos Einer Eduardo Giulliani Biel y Diego Leonardo Giulliani Biel, como flagrante conforme al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, y se acuerda la continuación por la vía del procedimiento ordinario, conforme al artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, quien fue aprehendido el día 12-09-2007, a las 05:30 horas de la mañana, por funcionarios adscritos a la Primera Compañía del Destacamento N° 41 de la Guardia Nacional de Venezuela.
2.- Acoge la precalificación jurídica presentada por el Ministerio Público, en cuanto al delito de Importación Ilícita de Divisas Extranjeras, con respecto.....