DISPOSITIVA
Por las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de La Republica de Venezuela y por Autoridad de La Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud interpuesta por la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico, consistente en la Prórroga para la interposición de la acusación en los actos de investigación seguida al ciudadano: BASTIDAS BASTIDAS JONATTAN JOSÉ, por el lapso de quince (15) días continuos los cuales empezarán a transcurrir una vez fenecidos los 30 días de que inicialmente contaba el Ministerio Público para concluir su investigación, todo de conformidad con lo previsto en cuarto aparte del artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia. Notifíquese a las partes de la presente decisión.