DISPOSITIVA:
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Se decreta la Aprehensión del ciudadano Gasperi Romero Ángel Humberto como Flagrante de conformidad con el artículo 93 y 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida libre de Violencia y se acuerda el procedimiento especial previsto en la Ley especial ya mencionada.
2) Se acoge a la calificación jurídica presentada por el Ministerio Público de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana Gladys Omaira Perdomo Godoy.
3) Impone al ciudadano Gasperi Romero Ángel Humberto, la medida cautelar sustitutiva de libertad,.....