Por las razones aquí expresadas, este Juzgado de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda expedir AUTORIZACION PARA DESTRUIR LAS SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, especificadas en la experticia Química 9700-057-142 y Experticia Botánica 9700-057-143 practicada por el funcionario Juan José Ledezma, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, con sede en Guanare, objeto de la presente solicitud; destrucción que estará a cargo del Ministerio Público de conformidad con lo previsto en el artículo 119 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas.
Por cuanto la presente solicitud fue realizada, por el Fiscal Primero del Ministerio Público con competencia en materia de Drogas, se acuerda remitir la presente solicitud, a los fines previstos en el artículo 119 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilíc.....