DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expresado este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el pedimento interpuesto por el ciudadano RICHARD PINEDA, venezolano, casado, domiciliado en la Avenida Gabaldon, casa N° 90-70, Mesa de Cavacas, municipio Guanare, estado Portuguesa e identificado con cédula N° 11.396.723, asistido por el abogado Cergio Cuevas Landaeta, identificado con cédula N° 9.549.038, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.023, con domicilio en esta ciudad, todo de conformidad con el artículo 402 Y 403 del Código Orgánico Procesal Penal
Regístrese, déjese copia, notifíquese y ofíciese lo conducente a la Fiscalía Superior del Ministerio Público a los fines de la designación de Fiscal que realice la investigación preliminar destinada a cumplir con los extremos objeto del presente.....