DISPOSITIVA
Analizados los fundamentos expuestos, este Tribunal de Control N° 2, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dictó los siguientes pronunciamientos:
1. Admitió la acusación interpuesta por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, contra el ciudadano TORRES JUSTO JOSÉ OLEGARIO, venezolano, mayor de edad, natural de Boconoito estado Portuguesa, nacido en fecha 04 de Marzo de 1931, chofer, soltero, titular de la Cédula de Identidad No. 1.074.137, de 73 años de edad, siendo su última residencia en el Barrio Nuevo, Calle la Manga, Casa S/N, Municipio San Genaro de Boconoito estado Portuguesa, acogiendo la calificación jurídica HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal vigente, en perjuicio del ciudadano CIPRIANO MARIN RAMOS, al reunir los requisitos previstos en el a.....