DISPOSITIVA.
Con fundamento en lo precedente expuesto este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en la Ciudad de Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de 307 esmeraldas de diferentes tamaños, calidades, precios, kilates, tallas, al ciudadano Benigno Alfonso Cruz Riaño, colombiano, mayor de edad, titular de pasaporte Colombiano N° AJ041083, casado comerciante, nacido en Cundinamarca Colombia en fecha 26-04-1963 domiciliado en la carrera 117-A N° 66-20 Bogota Colombia, debidamente asistido por el Abogado Rodolfo Alvarado, por constituir las referidas esmeraldas el objeto material del delito de contrabando, todo de conformidad con los artículos 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 82, 104, 108,110,112 y 113 de la Ley de Aduanas vigente para la fecha de comisión del .....