DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación formulada por la Ciudadana Fiscal Séptima del Ministerio Público en contra de JESSICA CAROLINA OLMOS, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.024.234, , por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, como también las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público;
SEGUNDO: Impone a la ciudadana JESSICA CAROLINA OLMOS la medida de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, sujeta a las condiciones que se indican a continuación:
El régimen de prueba será por el lapso de SEIS MESES, contados .....