DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Decreta la Libertad Plena de los imputados ESCOBAR LEAL JOHAN NAIROBIHT, JEAN CARLOS MENDOZA Y GUEDEZ TORRES JOSE, sin restricción alguna por no existir elementos contundentes que demuestren la responsabilidad penal de los imputados.
2.- Se ordena la prosecución de la presente investigación por el Procedimiento ordinario, conforme al artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
3.- Remítanse las actuaciones a la Fiscal del Ministerio Público una vez transcurrido el lapso legal para recurrir. Diarícese, regístrese y certifíquese.
La Juez de Control N° 2,
Abg. Narvy Abreu Moncada
La Secretaria,
Abg. Elys Aldana