En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en funciones de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, niega la solicitud de mandato de conducción en contra del ciudadano José Luís Saavedra, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.484.690, residenciado en el Barrio Cuatricentenario, avenida Palo Grande, casa sin número, al lado del taller de reparaciones de neveras, Guanare estado Portuguesa, en su condición de imputado, de conformidad con el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la Fiscal.
La Juez de Control N° 2
Lisbeth Karina Díaz de Tovar
El Secretario
Abg. Giuseppe Pagliocca