En virtud de la motivación anteriormente expuesta, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa en funciones de Control N° 2, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, califica el hecho como robo agravado en perjuicio de la ciudadana Reyes Rojas Mariela Coromoto, por el hecho denunciado por ésta en fecha 18 de mayo de 2005 como ocurrido en el Barrio Los Malabares de esta ciudad, sin embargo por no estar probada responsabilidad penal a alguna persona determinada, se decreta libertad plena, a favor del ciudadano Alexander José Camacho, venezolano, mayor de edad, soltero, reservista, natural de esta ciudad, nacido en fecha 04-12 -1985, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 20.640.213 y residenciado en el Barrio 24 de Julio, calle principal, casa sin número de Guanare estado Portuguesa, en conformidad con el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivar.....