Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica la aprehensión de las ciudadanas Desantiago Desantiago Beatriz Carolina, venezolana, soltera, natural de Guanare, de 32 años de edad, nacida en fecha 30-12-1974, titular de la cédula de identidad Nº V-12.647.729, Licenciada en Enfermería, residenciada en el Barrio Guaicaipuro, sector II, casa s/n, calle El Prado, cerca de la Bodega San José, Guanare Estado Portuguesa, y Cáceres Mirtha Coromoto, venezolana, soltera, natural de Guanare, de 27 años de edad, nacida en fecha 18-02-1980, titular de la cédula de identidad Nº V-15.349.504, obrera, residenciada en el Barrio Guaicaipuro, sector II, casa s/n, calle El Prado, cerca de la Bodega San José, Guana.....