DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: A tenor de la disposición contenida en el encabezamiento del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión de los ciudadanos JESÚS MANUEL GIL GIL, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.544.664, nacido en fecha 18 de Noviembre de 1970, natural de Guanare, Estado Portuguesa, hijo de Margarita Gil y Juan José Gil, de ocupación funcionario de policía, de estado civil soltero, residenciado en la Urbanización Juan Pablo II, Manzana F, casa Nº 4, Guanare, Estado Portuguesa; ELSON RAFAEL ALEJOS BOLÍVAR, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.960.695, nacido en fecha 17 de Junio.....