DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Desestima la acusación presentada por la Fiscalía del Ministerio Público en contra del ciudadano Omilde de Jesús Hurtado Vargas, venezolano, mayor de edad, casado, nacido en fecha 06/08/1963, titular de la cédula de identidad N° 10.056.480 y residenciado en el Barrio Monseñor Unda, casa sin número, Guanare estado Portuguesa, por la comisión de delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la salud pública, a fin de practicar exámenes requeridos para poder establecer si el precitado ciudadano es o no un consumidor de drogas, lo que llev.....