DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que La Ley Le Confiere: Primero: CONDENA AL ACUSADO: José Gregorio Graterol Canelón, venezolano, de 51 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.519.379,soltero, de ocupación Indefinida, Natural de Cagua Estado Aragua, nacido en fecha 27/11/1957 y residenciado en Urbanización Coriza, calle Apure, casa Nº 23, Cagua Estado Aragua; ha cumplir una pena de DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal Vigente; por la comisión del delito de usurpación de Identidad, previsto y sancionado en el artículo 47 de la Ley Orgánica de Identificación; y a Víctor Manuel Viloria, venezolano, de 61 años de edad, titular de la Cédula .....