DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos expuestos y por los fundamentos de hecho y derecho ya analizados este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
Primero: De conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, impone UNA PENA DE UN AÑO Y NUEVE MESES DE PRISIÓN, al ciudadano ÁLVARO CADENAS, Venezolano, nacido en esta ciudad de Guanare, en fecha 09 de marzo del año 1968, titular de la cédula de identidad Nº 11.395.323, y domiciliado en el Barrio Guaicaipuro, callejón Bolívar, casa Nº 02, de esta ciudad; siendo el carácter de la presente sentencia CONDENATORIA, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano.
Segundo.....