Ante las motivaciones precedentes, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Función de Control, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar solicitado por la defensa con la imposición de las condiciones que prevé los artículos 256.3 y 4 y 260 ambos del código orgánico procesal penal, consistentes presentación ante este Juzgado cada quince días, la prohibición de salir de la jurisdicción del Estado Portuguesa, sin la previa autorización del Tribunal y mantener informado al Tribunal sobre la dirección, en caso de cambio de domicilio, de los cuidadnos Carlos José Correa Jiménez, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 12.012.282, soltero, sin oficio definido, natural de Guanare, Estado Portuguesa y residenciado en la urbanización La Comunidad Nueva, sector 01, vereda 11, casa N° 11, Guanare, Estado Portuguesa y Cecilio Rodríguez, venezolano, mayor de edad, de.....