PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal, contra el ciudadano ALIRIO ROMERO LINARES, Venezolano de 59 años de edad, nacido el 01 de Enero de 1.946, de estado civil soltero, de profesión obrero jubilado, titular de la cedula de identidad N° 2.598.039, residenciado en: calle el Tanque, casa N° 17-00, caserío las Matas, Municipio Guanare, Estado Portuguesa. Por la comisión del delito Homicidio culposo, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal en perjuicio de la niña (Identidad Omitida).
SEGUNDO: Se admiten las pruebas tanto de las ofrecidas por el Ministerio Público, descritos en el capitulo IV del presente auto, por útiles, necesarias y pertinentes para el descubrimiento de la verdad, incorporadas debidamente al proceso.
TERCERO: Admitida la acusación en los términos expresados, se le informó al acusado de las formas alternativas a la prosecución del proceso, específicamente del Procedimiento por admisión de los Hechos.....