DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dictamina lo siguiente:
1) Se Desestima la flagrancia y se acuerda la Prosecución la investigación por del procedimiento ordinario de conforme a lo previsto en los artículos 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
2) Califica el delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio Ruiz Ortega Luis del Valle.
3) Acuerda la Libertad Plena.
Por cuanto que los anteriores pronunciamientos fueron emitidos en audiencia, téngase a las partes por notificadas. Se libro Oficio Nº 41-C3 a la Comandancia General de Policía junto con boletas de libertad Nº 122-07 y 123-07, Regístrese, Diarícese, certifíquese y remítase en su oport.....