PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por el Fiscal Primera del Ministerio Público, en contra Luis Miguel García Hernández y Víctor José Ruiz Quiñónez, por la presunta comisión del delito Robo Agravado de Vehículo Automotor en Grado de Coautoria, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 numeral 1° , 2° y 3° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio de la ciudadana Juana Bautista Andrade Pérez. De Conformidad con el artículo 330 Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se admiten las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, excepto la prueba documental por cuanto no consta en el escrito de acusación y de la defensa , descrito en el particular cuarto y sexto del presente auto, por legal, licita, pertinentes y necesarias para el descubrimiento de la verdad incorporadas debidamente al proceso. De Conformidad con el artículo 330, Ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Siendo la oportunidad legal, se procedió a im.....