A continuación La Juez oída las partes en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: 1) Decreta la aprehensión del ciudadano Ruber Graterol, como flagrante de acuerdo a lo establecido en el articulo 93 de la Ley Especial aplicable en esta materia, y se acuerda la prosecución del procedimiento especial de conformidad a lo previsto en el artículos 94 de la misma Ley. 2) Se acoge a las imputaciones delictivas realizadas por el Ministerio Público por el delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Rosa La Cruz González. 3) Se impone las Medidas de Protección y Seguridad, establecidas en el artículo 87 ordinales 05 y 06 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el articulo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consis.....