DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 3, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se decreta el Sobreseimiento de la acusación interpuesta por la vindicta pública, en contra de los ciudadanos HUGO ANTONIO TORRES, venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, de 36 años de edad, nacido el 09-04-1969, soltero, de profesión y oficio Mecánico, residenciado en el Barrio Las Flores, calle 01, casa s/n, cerca del tanque, Guanarito Estado Portuguesa; por la comisión del delito de Peculado DOLODO PROPIO previsto y sancionado en el artículo 52 de la Ley Contra la Corrupción, HERMES AGUSTIN POLO, venezolano, natural de la Capilla, Municipio Guanarito estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad Nº 9.405.933, soltero, de 39 años de edad, nacido el 28-08-1967, de profesión u oficio chofer, residencia.....