Por los fundamentos ya expresados, este Tribunal de Primera instancia en función de Control N° 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público contra los ciudadanos MOISES ALBERTO MONTILLA GONZÁLEZ, venezolano, nacido en esta ciudad de Guanare, en fecha 09 de agosto 1983, hijo de Joel Montilla y Eloisa González, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de Identidad N° 17.261.908, residenciado en el Barrio El Valle, calle Venezuela al final, con la Avenida Los Jabillos, Mesa de Cavacas, Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal en relación con lo previsto en el artículo 424 ejusdem, en perjuicio.....