DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos de conformidad con el artículos 330 ordinales 2°,6° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por el Fiscal Primera del Ministerio Público, en contra de JOSÉ CHARLES CHACÓN, Venezolano, de 23 años de edad, soltero, Cocinero, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.211.288, nacido en la población de Guarenas, Estado Miranda, residenciado en el Barrio Unión, calle Principal casa N° 18-08 Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley sobre la Violencia de la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana Ajaques Alida Lulu, De Conformid.....