Ante las motivaciones precedentes, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Función de Control, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar solicitado tanto por la como por la Fiscalía del Ministerio Público acordándose la libertad del ciudadano Halbert Alejandro Ortiz Perdomo, quien se encuentra identificado de la siguiente manera: venezolano, nacido en la ciudad de Acarigua de este Estado, en fecha 24 de marzo del año 1984, titular de la Cédula de Identidad N°! 16.752.055, y residenciado en la Urbanización Durigua, casa N° 27, Av. 6 Acarigua Estado Portuguesa, con la imposición de medida cautelar sustitutiva de libertad, de acuerdo a lo previsto en el artículos 256 del Código Orgánico Procesal Penal, bajo las condiciones que prevé dicha norma procesal en sus numerales 3 y 4, consistentes presentación ante este Juzgado cada quince días, la prohibición de salir de.....