DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 3, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara Nulidad Absoluta de la acusación interpuesta por la vindicta pública en contra ONDER FRANCISCO TORRES MARQUEZ, venezolano, nacido el 03/10/1987, de 19 años de edad, soltero, estudiante, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.297.645, residenciado en la Urbanización Francisco de Miranda, calle 01, sector 03, casa N° 11, Guanare, Estado Portuguesa, por la comisión de los delitos Tentativa de extorsión en Grado de autoría y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previstos y sancionados en los artículos 459 y 277 ambos del Código Penal, en perjuicio de José Gregorio Díaz y el estado venezolano.
SEGUNDO: Ordena la reposición del proceso a la fase de investigación y la remisión de las actu.....