PRIMERO. Admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal, contra el ciudadano. ANGEL RAMON MENDOZA, venezolano, natural de esta ciudad, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 28-08-77, soltero, obrero, de oficio comerciante, residenciado en la calle Las Acacias, parcela 2 del Barrio El Socorro, Municipio Miguel Peña Estado Carabobo, titular de la cédula de identidad N° V- 15.172.867, por la comisión del delito Abuso Sexual Agravada a Niños, previsto y sancionado en el artículo 259 primer aparte de la Ley Orgánica Para la Protección Niño y Adolescente en perjuicio de la niña (Identidad Omitida).
SEGUNDO: Admite los medios de pruebas ofrecidos por el Ministerio Público, al considerarlo pertinentes y necesario para el encubrimiento de la verdad y la responsabilidad del acusado.
TERCERO: Admitida la acusación en los términos expresados, se le informó al Acusado sobre las Formas Alternativas a la Prosecución del Proceso, como son la Suspensión Condici.....