Por los fundamentos ya expresados, este Tribunal de Primera instancia en función de Control N° 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Admite totalmente la acusación interpuesta por la Fiscalía Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial contra el ciudadano CASTILLO YOHAN ALEXANDER Venezolano, nacido el 05-08-1979, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.306.403, residenciado en el Barrio San Benito, Sector La Cruz vía Duaca, por la comisión del delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos RAFAEL HUMBERTO TORRES SARMIENTO Y PEDRO TORRES TORRES-
Segundo: Se ratifica la medida cautelar de privación Judicial Preventiva de Libertad que en fecha 27-04-2006 el Juzgado de Control del Circuito Judicial Penal del Estado.....