DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 161 y 164 del Código Orgánico Procesal Penal, resuelve:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal NIEGA LA PRÓRROGA DE LA MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL solicitada por el Fiscal Primero del Ministerio Público con competencia en materia de Estupefacientes;
SEGUNDO: Con fundamento en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, y la interpretación del artículo 44 de la Constitución efectuada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencias N° 3060 de 04 de Noviembre de 2003 y 1712 de 12 de Septiembre de 2001, NIEGA LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD DE LAS MEDIDAS DE COERCIÓN PERSONAL y en consecuencia, MANTIENE LA M.....