DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, actuando en Funciones de Juicio Nº 1, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud realizada por el Defensor Privado Abg. Pedro Ramón Añez Guevara.
SEGUNDO: Se decreta EL DESISITIMIENTO TÁCITO DE LA ACUSACIÓN PRIVADA, presentada por los ciudadanos PEDRO JOSÉ PÉREZ LINARES Y MARÍA YNES PEÑA BASTIDAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 416 tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Se decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de las ciudadanas VICTORIA ZAMBRANO BASTIDAS, MARYORI DISNEY PRINCIPAL ZAMBRANO Y KINHBERLYN PRINCIPAL ZAMBRANO, por la presunta comisión del delito de Difamación e Injuria, previsto y sancionado en los artículos 442 y 443 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadan.....