VI. DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, actuando con Participación Ciudadana, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA A B S U E L T O al acusado EDUAR FELIPE PÉREZ ULACIO, quien en la Audiencia Preliminar dijo ser de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.528.472, natural de Guanare, Municipio Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 20 de Septiembre de 1986, de estado civil soltero, hijo de Edgar Antonio Pérez y Nelly Ulacio, de ocupación obrero, residenciado en Calle Principal, frente a la Escuela Ciudad de Guanare, casa s/n, Barrio El Cementerio, Guanare, Estado Portuguesa, de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO en perjuicio de los ciu.....