V. DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, RESUELVE:
PRIMERO: Por UNANIMIDAD, declara al ciudadano JULIO JOSÉ HURTADO MOSQUETT, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.463.138, natural de Valencia, Estado Carabobo, nacido en fecha 23 de Febrero de 1979, de estado civil soltero, de ocupación Obrero, hijo de Magali Mosquett y José Hurtado, residenciado en el Barrio José Antonio Sucre, Calle Principal, casa s/n, Tinaquillo, Estado Carabobo, C U L P A B L E , de la comisión del delito de VIOLACIÓN EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 374, primera parte del encabezamiento, en concordancia con los artículos 80 y 82, todos del Código Penal, hecho cometido en perjuicio de .....