En consecuencia, este Juzgado en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa con sede en Guanare, procede a declarar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decreta el SOBRESEIMIENTO al acusado Julio César Camacho, colombiano, titular de la cédula de identidad N° 18.974.978, residenciado en Valencia sector Naguanagua, Barrio Arturo, casa sin número, cerca del ancianato INAGER, por el delito de usurpación de identidad previsto y sancionado en el artículo 47 de la Ley Orgánica de Identificación, de conformidad al artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan notificadas las partes en la presente audiencia. Certifíquese y déjese copia y remítase la causa al archivo definitivo.
Dada, firmada, refrendada y sellada, en la sede de este Juzgado en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Guanare a los veinticuatro (24) días del mes de abril del año dos mil.....