DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Declara:
PRIMERO: TEMPESTIVA la oportunidad procesal para la aplicación del PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Culpable a los ciudadanos Zambrano Zambrano Vladimir Jesús Venezolano, mayor de edad, de 24 años de edad, natural de Maracay Estado Aragua, titular de la cédula de identidad 21.101.663, fecha de nacimiento 17-09-1991, residenciado en el Barrio los bendecidos, calle los Cedros, casa 38, antes de la bomba, Parroquia Chabasquen Municipio Unda estado Portuguesa, y Zambrano Zambrano José Antonio Venezolano, mayor de edad, de 25 años de edad, natural de Maracay Estado Aragua, titular de la .....