En fuerza de las anteriores motivaciones este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de juicio No. 3 en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, actuando como tribunal Mixto por unanimidad condena a la acusada: YADIRA COROMOTO MORILLO ARAUJO venezolana, mayor de edad, nacida en fecha 12/07/1979, de 28 años de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° V-14.108.775, de oficios del hogar, hija de María Araujo y Carlos Morillo, residenciada en el Barrio Cuatricentenario, sector 3, adyacente a la Unidad Educativa Cuatricentenaria, casa S/N, de esta ciudad de Guanare Estado Portuguesa, por la comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en cantidades menores, previsto y sancionado en el Articulo 31 tercer aparte, de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes Psicotrópicas, en perjuicio de la Sal.....