en el presente caso se aprecia que en efecto se convocó para la constitución del Tribunal Mixto en las oportunidades relacionadas precedentemente sin que se hubiere logrado la comparecencia de los Escabinos sorteados en sorteo ordinario, por lo que están dados los extremos establecidos en dicha norma para proceder a constituir el Tribunal en forma Unipersonal en consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve ordenar la celebración del juicio oral y público de manera UNIPERSONAL en la presente causa y se fija el Juicio Oral y Público para el 18 De Noviembre De 2011, A LAS 11:00 a.m. , Por cuanto el presente pronunciamiento se dictó en Sala téngase a las partes por notificadas visto que las mismas fueron notificadas para el acto. Diarícese, Regístrese y certifíquese.-
LA JUEZA DE JUICIO Nº 03,
Abg. Carmen Zoraida Vargas López.
LA SECRETARIA
Abg. Deimar Márquez